Axiología y praxiología en la política educativa venezolana: caso Misión Ribas

AutorLuz María Martínez de Correa; Paúl J. Aponte Rueda; Nerio Negrón Urdaneta
CargoInstituto de Filosofía del Derecho Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Universidad del Zulia luzmartinezc@cantv.net - apontepaul@gmail.com nerioluisnegron@hotmail.com

Este artículo constituye un avance del proyecto Nº 1, adscrito al Programa de Investigación “Representaciones Sociales e Intervención Social” Etapa VI, coordinado por la Dra. Luz María Martínez de Correa, financiado por el Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico de la Universidad del Zulia-CONDES/LUZ. Maracaibo, Venezuela.

Introducción

Como características negativas preponderantes que han distinguido al sistema escolar venezolano, específicamente con relación al acceso, permanencia y prosecución en el tercer nivel del sistema educativo, se encuentran las desigualdades y las políticas que han resultado perjudiciales a las distintas clases sociales, permitidas principalmente por las personas con poder de decisión.

Esto permitió que se establecieran pautas inadecuadas sobre las cuales se desarrollaría todo el sistema, signadas por modelos ajenos a la realidad cambiante y necesidades propias del país e igualmente extrañas a la idiosincrasia y raíz auténtica del pueblo venezolano. El modelo educativo aplicado desconoció factores de tanta significación como el territorial, demográfico, cultural, económico y social.

En función de una visión colectiva se inscribe en el marco del programa de equilibrio social 2001-2007, respondiendo así a la articulación entre la axiología jurídica contentiva en la Constitución de 1999 y la praxiología socio jurídica, cuyo objetivo esencial consiste en poner en práctica las políticas sociales que demanda el país.

Es así como se toma el nombre de un prócer de la independencia venezolana como lo fue José Félix Ribas, en consonancia con los postulados del Preámbulo 1 de la actual Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), se crea la Misión Ribas como programa educativo alternativo que permite el estudio del bachillerato a través de un régimen especial regulado por patrones de responsabilidad, independencia, ritmo de crecimiento y necesidades individuales de perfeccionamiento. La Misión Ribas nace el 17 de noviembre de 2003, con la incorporación a clases de los primeros 300 mil estudiantes “vencedores (as)” (Rangel, 2005).

Este programa, constituido como un modelo alternativo de educación, deviene de una gran preocupación por parte de los conceptores de la política social venezolana, donde han prevalecido durante las últimas décadas: el problema de la deserción escolar, la falta de equidad para el acceso a la educación media, la pobreza, entre otros, aún cuando en la Constitución de 1961, se estableció que la educación era un derecho social inalienable, sin embargo, en la práctica se evidenció lo contrario.

Estas adversidades, obedecían al deterioro del sistema educativo, de allí que fue necesario crear dispositivos que viabilizaran una auténtica política educativa que anclara lo axiológico con lo praxiológico y que resolviera la pobreza cultural de una sociedad que ha venido sufriendo los embates de la irracionalidad institucional que por mucho tiempo marcó a la sociedad venezolana.

Para arribar al estudio con énfasis en el enfoque del constructivismo social, se requiere de un nivel elevado nivel de exigencia académica, ya que en un lapso un poco mayor de dos años, el alumno o “vencedor” como se le denomina, deberá obtener los méritos indispensables para obtener el título de bachiller.

Razón por la cual puede afirmarse que la tarea emprendida por el Gobierno Nacional mediante la Misión Ribas, constituye una estrategia de acción social como iniciativa para aquella población que no ha podido finalizar sus estudios de educación media y tenga acceso a este sistema en el proceso educativo. De esta manera, a nuestro juicio, el programa constituye un avance trascendental en dicha materia y de allí la importancia de conocer a fondo el contenido del mismo, cuyo éxito permitirá un mayor equilibrio social.

1. Axiología Educativa

La axiología nos ilustra al conocimiento de los elementos y procesos que inciden en una perspectiva antropológica del valor de la educación, así ayuda analizar la realidad en forma crítica desde el punto de vista de los valores. Contribuye a operativizar, a configurar el proyecto educativo desde este enfoque, es decir a partir de un valor.

Pretender aquilatar la axiología educativa con los principios socio jurídicos del deber ser de la educación en tiempos donde se impulsa el socialismo del siglo XXI, significa que el sistema educativo debe entrar en una reflexión sobre la realidad de la sociedad globalizada a causa de los adelantos y medios a utilizar, se debe entonces neutralizar todos los intentos de la tendencia del pragmatismo educativo para tener en cuenta las necesidades colectivas, es decir el camino sería la redimensión de la disciplinas normativas como la ética y la moral dentro del sistema educativo venezolano.

1.1. Estado social de derecho y educación para todos

Con relación al señalado por Rivas Alfonso (2005: 191) que según la doctrina, el estado social de derecho y de justicia ha venido a sustituir al estado liberal de derecho ya que el primero da respuesta a la convivencia occidental con un nuevo contenido positivo de la libertad individual, del mismo modo se suma estos enfoques el bienestar social y la práctica de la justicia en su más alto y cabal sentido, unido a la planificación como función del Estado y el mantenimiento del principio del imperio de la Ley.

Reflexionando sobre el pasaje del proceso constituyente y el trabajo de ingeniería constitucional que acometieron sus constituyentistas para lograr esa forma que se le imprimió al Estado venezolano, el derecho comparado ejerció una gran influencia, pues en España como en Colombia, sus constituciones establecen el Estado Social, estos nuevos paradigmas se centran en el Título III, Capítulo VI de los Derechos Culturales y Educativos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 para hacer efectiva la aplicación de estos valores consagrados en la Carta Magna, el cual refleja los lineamientos del equilibrio social como patrón transformador de estrategias para lograr resultados efectivos y eficientes en la educación venezolana, el cual constituye un deber del Estado y un derecho del ciudadano.

De acuerdo con lo antes expuesto, estos resultados solo pueden alcanzarse en loa medida en que exista una verdadera concertación entre los coordinadores, facilitadores y vencedores donde exista un verdadero sistema de evaluación y control que contribuya a superar la exclusión como punto de honor emanados de los principios constitucionales: participación, corresponsabilidad, democracia con autonomía y soberanía cognitiva consustanciados con la comunidad.

La sociedad actual reclama igualdad de oportunidades y, por ende, es ineludible tomar en cuenta la realidad social, lo que se traduce en la aplicación de un valor superior que responda al principio de universalidad, es decir, el acceso a la educación, que implica el deber por parte del Estado de garantizar a todos los ciudadanos el goce de los derechos consagrados en la máxima ley del país. En efecto, ello se originará por medio de actos concretos que permitan la materialización de los mismos, surgiendo asimismo la responsabilidad de asumir el papel trascendental que posibilite el logro de los cambios necesarios, requiriéndose una política holística que impida la segregación por razones de distinta índole e impere con ella los intereses colectivos.

Venezuela experimenta en la actualidad, una política educativa basada en la concepción sociocultural, dicho de otro modo, un enfoque o paradigma comprensivamente tolerante que hace hincapié en las relaciones entre el objeto, el sujeto y el contexto socio cultural. De allí que cualquier cambio de la conducta humana, ya sea individual o social, de conocimiento, actitud, habilidades cognitivas o de creatividad, se explica por la interacción entre las condiciones personales y las influencias del medio familiar, social, cultural, ideológico y hasta político.

Para ilustrar esta orientación sociopolítica, nos remitimos al Estado del Welfare o mejor conocido como Estado que promueve el bien común. De tal manera que el enfoque sociológico reconstruccionista concuerda con esta perspectiva teórica, ya que el reconstruccionismo trata sobre la concienciación y la problematización en situaciones de la sociedad para promover su desarrollo y transformación.

Las características que destaca son la reflexión y criticidad dialogada a partir de situaciones codificadas y descodificadas, utilizando métodos de investigación experimentales y métodos no experimentales.

“El Estado del Welfare ha representado una gran >, ha sido el sustrato de un gran período de innovaciones sociales” (Petrella, 1997:40).

De acuerdo con el enfoque de Petrellla, éste considera que el Estado del Welfare ha venido consolidando, promoviendo y aplicado una serie de principios y normas que han dado origen a lo que hoy conocemos como una nueva institucionalidad basada en el bien común y la equidad social, introduciéndose nuevos paradigmas y prácticas políticas, económicas y sociales las cuales se consideraban en el siglo pasado como irrealistas o utopías.

De acuerdo a lo anterior, la búsqueda de soluciones precisas en tiempos de cambios políticos para Venezuela y la incesante promoción por parte del gobierno en materia de políticas sociales, ajustando gradualmente la aplicación efectiva de las correcciones indispensables, son ineludibles para lograr una auténtica transformación de la sociedad y la innovación esperada para el bienestar...

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