Control judicial de la constitucionalidad en el Derecho del Trabajo venezolano (Estudio preliminar)

AutorJosé Manuel Arráiz Cabrices
CargoJuez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo. Circunscripción Judicial del Estado Lara
Páginas807-826
807
Control judicial de la
constitucionalidad en el Derecho del
Trabajo venezolano
(Estudio preliminar)
José Manuel Arráiz Cabrices
Juez Primero de Primera Instancia de
Juicio del Trabajo
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Congreso Internacional de Derecho del Trabajo. Memorias y Comunicaciones.
Revista Derecho del Trabajo n° 3/2007 (extraordinario) 807-826
I. Introducción.
La vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(1999) ha desatado un debate sobre la justicia constitucional, la jurisdicción
constitucional y sobre los principios del Derecho Procesal Constitucional;
se ha creado la Sala Constitucional en el Tribunal Supremo de Justicia y
nuevos mecanismos de control en la aplicación de las normas y principios
de la Carta Fundamental; con efectos sobre algunas de las instituciones del
Derecho del Trabajo.
En este contexto, y en apretada síntesis, se propone:
PRIMERO: Identificar los mecanismos de control constitucional, en general;
y los mecanismos judiciales de control constitucional en el Derecho
Comparado.
SEGUNDO: Definir y distinguir a la Justicia Constitucional, a la Jurisdicción
Constitucional y al Derecho Procesal Constitucional; así como exponer los
elementos que caracterizan a éste último dentro de la Teoría General del
Proceso.
TERCERO: Exponer las modernas técnicas para la composición de la
sentencia dictada en control de la constitucionalidad.
CUARTO: Identificar los mecanismos judiciales de control constitucional en
la Carta Fundamental Venezolana de 1999.
808
Comunicaciones libres - Control judicial de la constitucionalidad ...
QUINTO: Exponer las formas en las cuales se ha ejercicio el control de la
constitucionalidad en el ámbito del Derecho del Trabajo Venezolano y su
relevancia.
II. La Constitución y sus mecanismos de control.
2.1.- Funciones de la Constitución Política: Señala Casal (2000) que «en la
moderna teoría constitucional, la aproximación al concepto Constitución
está signada por un enfoque funcional, que atiende al papel que ésta debe
desempeñar en la sociedad y el Estado» (p. 15); y en este sentido enumera
y explica tales funciones: Consolidación de la unidad política; unidad del
ordenamiento jurídico; límite y control del ejercicio del poder; garantía del
pluralismo político; salvaguarda de ciertos valores; factor de integración y de
estabilidad; y configura las condiciones sociales de vida (pp. 19-28).
Para materializar todas estas funciones, la Constitución requiere de
mecanismos de efectiva aplicación cuando ello no pueda lograrse
espontáneamente.
2.2.- Diversidad de Sujetos y Mecanismos de Control Constitucional en
Venezuela: Tal y como ocurre en el Derecho Comparado, la Constitución
Venezolana de 1999 asegura su vigencia y aplicación efectiva de diversas
formas: Al establecer su carácter supremo (Artículo 7 Constitucional);
sujetando a sus normas a todos los habitantes de la República y a todos los
funcionarios públicos (Artículo 7 Constitucional); declarando la nulidad de
los actos contrarios a la constitución (Artículo 25 Constitucional); y
estableciendo mecanismos especiales para el control constitucional, cuya
competencia corresponde al órgano ejecutivo (Artículo 214 Constitucional)
y al Poder Judicial (Artículo 334 Constitucional).
2.3.- Finalidad de los medios de Control de la Constitucionalidad: Los medios
de control judicial de la constitucionalidad tienen por objeto mantener la
supremacía de la Carta Fundamental (Artículo 335 y 7); su integridad (artículos
333 y 334); y efectividad (Artículo 335).
La supremacía normativa de la Constitución está consagrada en el
Artículo 7 de la Carta, el cual la declara «fundamento del ordenamiento
jurídico» y establece que «todas las personas y órganos que ejercen el
Poder Público están sujetas» a ella (Artículo 131 Constitucional)1. En el
1García de Enterría (1983): «La técnica de atribuir a la Constitución el valor normativo superior,
inmune a las leyes ordinarias y más bien determinante de la validez de éstas, valor superior
judicialmente tutelado, es la más importante creación, con el sistema federal, del
constitucionalismo norteamericano» (p. 51).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR