Contenido y alcance de las partidas presupuestarias 4.98.00.00.00 'Rectificaciones al Presupuesto' y 4.51.00.00.00 'Gastos de Defensa y Seguridad del Estado'. (Memorándum 04-02-97 del 19 de mayo de 2003)

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RÉGIMEN PRESUPUESTARIO
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RÉGIMEN PRESUPUESTARIO: Contenido y alcance de las partidas
presupuestarias 4.98.00.00.00 “Rectif‌i caciones al Presupuesto” y
4.51.00.00.00 “Gastos de Defensa y Seguridad del Estado”.
El artículo 53 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera
del Sector Público establece la incorporación de un crédito en ma-
teria de “Rectif‌i caciones al Presupuesto” sólo en el Presupuesto de
la República cuya disposición se hará únicamente por el Ejecutivo
Nacional. Dicha norma constituye un impedimento legal para la
inclusión de la partida 4.98.00.00.00 en el presupuesto de los entes
descentralizados funcionalmente.
Debido a la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal,
se hace indispensable la reforma del concepto y de la descripción
de la Partida “4.51.00.00.00: Gastos de Defensa y Seguridad del
Estado” así como de sus subpartidas, en las cuales debería aludirse
a los gastos previstos como tales en la citada Ley. Dichos gastos
únicamente pueden ser previstos en el Presupuesto de la República,
a ser realizados por Despachos del Poder Ejecutivo Nacional (Minis-
terios); concretamente, por los Ministerios del Interior y Justicia,
de la Defensa y de Relaciones Exteriores.
Memorándum 04-02-97 del 19 de mayo de 2003.
Opinión acerca de la “situación jurídica y presupuestaria de los
entes descentralizados, tomando en consideración las disposiciones
contenidas en el Plan Único de Cuentas, para la partida 4.98.00.00.00
(Rectif‌i caciones al Presupuesto)”.
Asimismo, “se requiere precisar el alcance y concepto a incorpo-
rar en el Plan Único de Cuentas, para la partida 4.51.00.00.00 (Gastos
de Defensa y Seguridad del Estado), de acuerdo a lo tipif‌i cado en la
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema
Nacional de Control Fiscal como Gastos destinados a la Seguridad y
Defensa del Estado”.
Se remitieron, en copias fotostáticas, los anexos que se mencionan
a continuación:
RELACIÓN DE ENTES CON RECTIFICACIONES AL PRESU-
PUESTO AÑO 2002.
(Partida 4.98), elaborado por la Dirección de Control del Sector
Servicios, que denominaremos “anexo 1”.
Cuentas de Egresos Nros. 4.51.00.00.00, Gastos de Defensa y
Seguridad del Estado “anexo 2”; y 4.98.00.00.00 Rectif‌i caciones

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