La convención colectiva petrolera en el tiempo y su efecto precursor sobre los derechos de los trabajadores venezolanos

AutorFrancisco Marín Boscán
CargoLa Universidad del Zulia
Páginas323-339
La Convención Colectiva Petrolera en el
Tiempo y su Efecto Precursor sobre los
Derechos de los Trabajadores Venezolanos
Francisco J. Marín Boscán
La Universidad del Zulia
Escuela de Derecho
E-mail: fjmarinb@yahoo.es
Resumen
Previo estudio de la Primera Con-
vención Colectiva Petrolera (1946), la
Primera Convención de la Industria
Petrolera Nacionalizada (1976) y de
las Convenciones Colectivas Petrole-
ras de la última década (1989-1992,
1992-1995, 1995-1997 y 1997-1999),
se considera su ámbito de aplicación
personal, la evolución de su contenido
en relación a los derechos económicos
y sociales de los Trabajadores Petrole-
ros y se hace una referencia especial a
la llamada “Meritocracia”. Igualmen-
te, se identifican los Planes y Benefi-
cios Corporativos aplicables a los tra-
bajadores de la Industria Petrolera,
beneficiarios o no de la convención.
Palabras clave: Convención Colectiva, Industria Petrolera, Trabajadores Pe-
troleros, Conflictos Laborales.
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______________________________________ Revista Gaceta Laboral, Vol. 7, No. 3. 2001
Recibido: 08-05-01. Aceptado: 05-09-01
The Collective Oil Producers Convention
over Time, and its Forerunner Effect
in Relation to Venezuelan Worker Rights
Abstract
Before studying the First Collec-
tive Oil Producers Convention (1946),
the First Nationalized Oil Industry
Convention (1976), and the Collective
Oil Company Conventions over the
last decade (1989-1992, 1992-1995,
1995-1997, and 1997-1999), person-
nel aspects, the evolution their con-
tents in reference to the economic and
social rights of oil workers, and espe-
cially in reference to the so-called
“meritocracy” system are considered.
Also corporate plans and benefits ap-
plied to workers in the oil industry are
identified, whether or not these bene-
fit originate from the conventions.
Key words: Collective Convention, oil industry, oil workers, labor conflicts.
Introducción
El Primer Contrato Colectivo cele-
brado en nuestro país, se remonta al
18 de julio de 1919, entre el Gran Fe-
rrocarril de Venezuela (también iden-
tificado como Dirección del Ferroca-
rril Alemán-Alvarez, 1993) y sus em-
pleados y jornaleros u obreros. Cabe
destacar que en este contrato se fijó la
jornada de trabajo en 8 ½ horas y se
indicó que el exceso se pagaría como
sobretiempo, en proporción al jornal
devengado. Para esta fecha estaba vi-
gente la Ley de Talleres y Estableci-
mientos Públicos del 26 de junio de
1917, identificada como la primera ley
de carácter nacional que se dictó en
materia del trabajo, constante de sie-
te artículos sobre normas de higiene y
seguridad industrial (Villegas, 1988).
En 1936 se aprueba la primera Ley
del Trabajo impulsada por los trabaja-
dores petroleros, calificados como “ger-
men del proletariado venezolano” (Zu-
leta, 1993), ya que estaban determina-
dos por veinticinco mil trabajadores,
que eran apenas menos del dos por
ciento de la población ocupada; y sus
más inmediatas reivindicaciones plas-
madas en la Ley fueron: el derecho a
organizarse en sindicatos, a negociar
colectivamente condiciones de trabajo
y el derecho a la huelga, y lo sucesivo
ha sido un “lento proceso de aprendi-
zaje colectivo de los derechos y liberta-
des sociales por parte de todos los tra-
bajadores del país” (Ibid: 13).
Bajo la vigencia de esta Ley del
Trabajo, el 14 de junio de 1945 se cele-
bró el Primer Convenio Colectivo Pe-
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La Convención Colectiva Petrolera / Francisco J. Marín Boscán ______________________

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