Decreto Nacional 438/2000 Decreto de Necesidad y Urgencia sobre Solidaridad Previsional de Argentina

AutorRevista Gaceta Laboral
Páginas255-259
Revista Gaceta Laboral, Vol.
6,
No.
2, 2000
Decreto
Nacional
438/2000
Decreto
de
Necesidad
y
Urgencia
sobre
Solidaridad
Previsional
Buenos
Aires,
31
de
Mayo
de
2000
Publicado
en
Boletín
Oficial,
02
de
Junio
de
2000
Efecto Activo
Ley 24.307
Visto
El
estado
de
emergencia
del Régimen
Previsional
Público del
Sistema
de
Re-
parto
basado
en
el
principio de
solidaridad
previsional, y
Considerando
Que
del
análisis
efectuado de los diversos
regímenes
previsionales
que
se abo-
nan
por
intermedio
de
la
Administración
Nacional
de
la
Seguridad
Social (AN-
SES), se
advierten
innúmeros
beneficiarios
que
accedieron a
sus
prestaciones
previsionales
en
base
a
normas
que
regularon
el acceso a
las
jubilaciones con
edades
notoriamente
inferiores a
las
de
las
leyes
generales
y
emolumentos
que
los
superaban
ampliamente.
Que
ello
resulta
manifiesto, si se
comparan
edades
de
los beneficiarios pro-
venientes
de leyes generales; con
las
de
los
regímenes
aludidos
en
el
párrafo
precedente,
por
ejemplo,
en
el caso
de
los beneficios otorgados
por
regímenes
provinciales
transferidos
a
la
Nación, se
observan
Mil
(l000)
prestaciones
co-
rrespondientes
a individuos con
edades
comprendidas
entre
Dieciocho
(l8)
y
Cuarenta
(40) años, y Once
mil
trescientos
(11300)
entre
Cuarenta
y
un
(41) y
Cincuenta
(50)
años
de edad.
Que
si
la
comparación fuese
en
materia
de
haberes,
la
relación
entre
el mon-
to
de
la
jubilación como
porcentaje
del sueldo del
trabajador
activo
en
el
mismo
cargo,
más
que
duplica
el promedio nacional.
Que
el
mantenimiento
de
esas
magnitudes
dio
lugar
a
un
déficit
de
Pesos
mil
setecientos
millones
($ 1. 700.000.000.-)
en
el
conjunto
de
las
cajas
provin-
ciales
transferidas
en
el
año
1999, lo
que
supera
las
posibilidades
presu-
puestarias
existentes
y
hacen
peligrar
los
pagos
de
carácter
ordinario
que
mensualmente
la
Administración
debe
hacer
efectivos a
la
totalidad
de
jubila-
dos y
pensionados.
Que
la
observación
que
antecede
adquiere
especial
relevancia
en
los
esquemas
establecidos
para
determinadas
categorías
de
empleados
y funcionarios,
tanto
en
los
sistemas
nacionales previsionales como
en
los
municipales
y provinciales,
255

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR