Ejecución del acto administrativo de reenganche y pago de salarios caídos

AutorCarlos J. Pino Ávila
CargoJuez 1º de Primera Instancia de Juicio del Trabajo. Área Metropolitana de Caracas
Páginas299-307
299
Ejecucn del acto administrativo
de reenganche y pago de salarios caídos
Carlos J. PINO ÁVILA
Juez 1º de Primera Instancia de Juicio del Trabajo.
Área Metropolitana de Caracas
Sumario
1. Introducción. 2. Procedimiento de ejecución. 3.
Experiencias con este procedimiento. 4. Acción de amparo
constitucional como medio sucedáneo. 5. Eficacia de esta
vía. 6. Probables soluciones.
Resumen
Es conocido que un trabajador con fuero sindical despedido, traslado o
desmejorado en sus condiciones laborales sin justa causa calificada puede
interponer ante la Inspectoría del Trabajo una solicitud de reenganche y pago
de salarios caídos o su reposición a su situación anterior. Las Inspectorías
como órganos públicos de naturaleza administrativa emanan actos
administrativos que deben ser acatados por los patronos, imponiendo deberes
positivos o negativos de ejecución forzosa que en ocasiones tienden a no
cumplirse, por lo que se establecen procedimientos de ejecución previstos en
la legislación que versan sobre cargas personalísimas que no admiten sustitución
del obligado por terceros y donde igualmente se determina la coacción indirecta
mediante multas sucesivas mientras se mantenga la actitud del rebeldía ante
la decisión emanada. Esta rebeldía o desacato del patrono conlleva al
agotamiento el procedimiento de multa, que en si no resuelve la privación del
derecho constitucional al trabajo, a la estabilidad ni a la libertad sindical, si
fuera el caso, no siento entonces tan eficaz el régimen sancionatorio para la
protección de dichos derechos, surgiendo entonces la vía excepcional del amparo
Recibido: 27-11-2011 Aceptado: 15-02-2011 “Universitas” Fundación
Derecho del Trabajo Nº 12/2011 (enero-diciembre) Issn: 1856-3449 299-307

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