La tercerización: ¿fraude o forma de descentralización empresarial

AutorOscar Hernández Álvarez
CargoProfesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
Páginas101-117
101
La tercerización: ¿fraude o forma de descentralización
empresarial?
Oscar HERNÁNDEZ ÁLVAREZ
Profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
Sumario
I. Nuevas y viejas formas contractuales de organizar el
trabajo. II. Las diversas formas de externalización
empresarial o tercerización. III. La “tercerización” en la Ley
Orgánica del Trabajo para los Trabadores y las Trabajadoras.
a) Problema terminológico. b) La tercerización como fraude
laboral. c) Prohibición de actividades. IV. El contrato de obra
en la legislación venezolana. V. Responsabilidad laboral
derivada del contrato de obras en la legislación venezolana.
VI. Conclusión.
Resumen
En el presente trabajo se analiza la presencia del fenómeno de la externalización
legal en Venezuela, señalando sus principales modalidades de manifestación y
su regulación por la legislación y la jurisprudencia. Se hace énfasis en la
discusión que puede plantearse acerca de si la descentralización o tercerización,
como la llama la ley venezolana, es necesariamente una manifestación de
fraude laboral, como pareciera desprenderse de la Ley Orgánica del Trabajo,
los Trabajadores y las Trabajadoras o si es una forma organizativa que puede
desarrollarse conforme a la Ley. Tradicionalmente, en Venezuela las relaciones
laborales se establecían mediante el contrato de trabajo caracterizado como
típico, mediante el cual un trabajador se obliga a prestar sus servicios, a tiempo
completo, de manera indefinida y generalmente con carácter de exclusividad, a
un empleador, en la sede física donde éste desarrolla sus actividades. Este
contrato de trabajo típico sigue siendo el predominante en la realidad laboral
venezolana, pero ya no el único. A su lado han proliferado, al igual que en otros
países, modalidades contractuales muy diversas, en algunas de las cuales el
trabajador es desplazado al exterior de la empresa. Asimismo, la dinámica de
las transformaciones en la organización empresarial, ha determinado que
mientras uno de los sujetos de la relación laboral, el trabajador, se mantiene
inalterable en su caracterización individual, el otro, el patrono, se transforma,
Recibido: 02-04-2013 Aceptado: 15-05-2013 “Universitas” Fundación
Derecho del Trabajo Nº 16/2013 (enero-diciembre) Issn: 1856-3449 101-117
102
Oscar Hernández Álvarez
se sustituye, se fracciona, en fin, asume modalidades diferentes a la tradicional,
lo cual ha implicado que el Derecho del Trabajo ha debido hacer un esfuerzo
para considerar las nuevas formas de organización de la empresa a fin de que,
por encima de las mismas, subsista la tutela que el Estado presta a la parte
económicamente más débil de la relación laboral. En el curso del trabajo se
analizan los principales problemas que se han planteado en relación al tema, y
se señalan las soluciones, en ocasiones, contradictorias, aportadas por la
doctrina y la jurisprudencia
Palabras claves: Contrato de trabajo, derecho del trabajo, relaciones laborales,
tercerización.
Abstract
In this paper it is analyzed the presence of legal outsourcing phenomenon in
Venezuela, pointing its main forms of expression and its regulation by law and
jurisprudence. The emphasis in the discussion that may arise about whether
decentralization or outsourcing, as it is named in Venezuelan law, is necessarily
a manifestation of occupational fraud, as it spring from the Venezuelan Organic
Labor Law, or is an organizational form that may develop under the restrictions
of law. Traditionally in Venezuela, working relationships were established by the
employment contract characterized as typical, whereby a worker agrees to
provide its services, full time, indefinitely and generally on an exclusive basis, to
an employer, in the physical location where it operates. This typical employment
contract remains as the dominant venezuelan labor practice, but not the only
one. Beside it, have proliferated, as in other countries, very different contractual
arrangements, in some of which the worker is displaced outside the organization.
Also, the dynamics of changes in the business organization, has determined
that while one of the subjects of employment, the worker remains unchanged in
its individual characterization , the other , the employer, changes, it is replaced
and fractionated, at the end assumes different ways but the traditional methods
, which has meant that labor law has had to make an effort to consider new
forms of business organization so that, above them, subsisting guardianship
that the State provides to the economically weaker part of labor relationship. In
the course of the paper it is analyzes the main problems that have arisen in
relation to the subject, and identifies the solutions, sometimes contradictory,
provided by the doctrine and jurisprudence.
Key words: employment contract, labor law, labor relations, outsourcing.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR