Igualdad y Derecho del Trabajo. Algunas nociones

AutorIván Mirabal Rendón
CargoDirector-editor de la Revista del Trabajo. Director de Universitas
Páginas13-44
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Igualdad y derecho del trabajo.
Algunas nociones
1
.
Iván MIRABAL RENDÓN
Director-editor de la Revista del Trabajo
Director de Universitas
Sumario
Nota introductoria. 1. Notas universales sobre la igualdad
en el contrato de trabajo y excepciones a la generalidad del
principio. 2. Notas sobre la igualdad de género en el contrato
de trabajo. 3. Notas sobre el principio de igualdad en la
negociación colectiva. Especial referencia al caso
venezolano. 4. Notas sobre la igualdad de condiciones de
trabajo en las asociaciones empresariales de modelos post-
industriales. Decaimiento de la empresa fordista.
Resumen
Se aborda el tema de la <Trabajo. Algunas
nociones>>, vista ésta como un derecho fundamental de la esencia del ser
humano combinado con su necesaria activación al contrato de trabajo. Partiendo
de cuatro aspectos: i) igualdad en el contrato de trabajo y excepciones a la
generalidad del principio; ii) igualdad de género en el contrato de trabajo; iii)
principio de igualdad en la negociación colectiva con especial referencia al caso
venezolano; e iv) igualdad de condiciones de trabajo en las asociaciones
empresariales de modelos post-industriales y el decaimiento de la empresa
fordista. Se resalta que la igualdad es un derecho fundamental de espacio
universal que, a su vez, representa el norte del Derecho del Trabajo con mención
a algunos casos de excepción.
Palabras claves: Igualdad, Derechos fundamentales, Derecho del Trabajo,
Contrato.
Recibido: 10-10-2011 Aceptado: 11-11-2011 “Universitas” Fundación
Derecho del Trabajo Nº 12/2011 (enero-diciembre) Issn: 1856-3449 13-44
1Ponencia presentada luego en el III Congreso Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social. Dedicado en Homenaje a la memoria de Oscar Ermida Uriarte en la ciudad de Bogotá, Colombia.
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Abstract
It addresses the issue of << Equality in Employment Law. Some notions
>>, view this as a fundamental right of the essence of man combined with the
required activation to the employment contract. Based on four aspects: i) equality
in the employment contract and exceptions to the generality of the principle, ii)
gender equality in the employment contract; iii) the principle of equality in
collective bargaining with particular reference to the Venezuelan case, and iv )
equal working conditions in the business associations of post-industrial models
and decay of the Fordist firm. It is emphasized that equality is a fundamental
right of universal space, which in turn represents the north of the Labor Law with
reference to certain exceptions.
Key words: Equality, Fundamental rights, Labour Law, Contract.
Iván Mirabal Rendón
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NOTA INTRODUCTORIA.
En la presente cita académica me he comprometido en abordar el tema de
la <>, por cuanto la
igualdad representa un derecho fundamental de la esencia del ser humano
combinado con su necesaria activación al contrato de trabajo. Partiendo de
cuatro aspectos:
Notas universales sobre la igualdad en el contrato de trabajo y
excepciones a la generalidad del principio.
Notas sobre la igualdad de género en el contrato de trabajo.
Notas sobre el principio de igualdad en la negociación colectiva.
Especial referencia al caso venezolano.
Notas sobre la igualdad de condiciones de trabajo en las asociaciones
empresariales de modelos post-industriales. Decaimiento de la
empresa fordista.
Vale afirmar que hoy en día “existe gran cantidad de autores que han
señalado que sobre la importancia del Derecho del Trabajo, se ha escrito mucho,
así como sobre su evolución en el tiempo, hecho acaecido de la convivencia
social. Situación que ha propiciado a nivel mundial innumerables acontecimientos
que, sin duda alguna, persiguen tutelar a su ejecutante, el ser humano que
labora en beneficio de otro. Por lo tanto, dada su categoría, nunca será suficiente
el estudio de este hecho social que revierte alta importancia para toda la
humanidad”.2
Siendo así, “el Estado para cumplir con los fines a los cuales está destinado
constitucionalmente, es dotado de una serie de potestades, que le permiten
materializar o llevar al terreno de la realidad la satisfacción de los intereses
individuales y colectivos. El ejercicio de esas potestades responde a una serie
de parámetros, que permiten lograr un equilibrio entre el respeto de los derechos
inherentes al ser humano (derechos fundamentales) con el interés de satisfacer
las necesidades de la colectividad. Planteada así la dialéctica como una
búsqueda del equilibrio, entre la colaboración y ejecución de potestades públicas
y el ejercicio de los derechos fundamentales, inseparablemente la potestad
legislativa de la Administración Pública no escapa de esta búsqueda” 3 para así
alcanzar el objetivo central del Derecho del Trabajo: tutela de los trabajadores.
Haciendo suyo la incorporación de todos los derechos fundamentales inherentes
a la persona humana, incluyendo, como es obvio, el derecho fundamental a la
igualdad aplicado al contrato de trabajo.
Igualdad y derecho del trabajo. Algunas nociones
2MIRABAL RENDÓN, Iván. Derecho del Trabajo y Derecho de la Seguridad Social. Estudios homenaje
a la memoria del profesor Rafael Caldera. Universidad Católica Andrés Bello y Universitas Fundación.
Barquisimeto, Venezuela (2011). Vol. II. p. 191.
3MIRABAL RENDÓN, Iván. Derecho Procesal del Trabajo. Editado por Jurídicas Rincón. Barquisimeto,
Venezuela (2005). p. 136.

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