Incompatibilidad en el ejercicio del cargo de miembro de la Comisión Nacional de Legislación, Codificación y Jurisprudencia del Ministerio de Justicia con el ejercicio del cargo de juez (Oficio N° 04-02-103 del 13 de septiembre de 2000)

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DICTÁMENES AÑO 2000 – N° XVI
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de la Contraloría General de la República. 1998-. N° XIV. Edic. de la Contraloría General
de la República. Pág. 305-313).
En consecuencia, no resulta procedente computar nuevamente todo el tiempo en el
cual (...) prestó sus servicios a este Organismo, a los fines de recalcular la prestación de
antigüedad. Consecuencialmente, por la nueva relación funcionarial iniciada a partir del
reingreso, sólo se le debe pagar, en concepto de prestación de antigüedad, lo correspon-
diente al tiempo de servicio prestado desde el 16-1-2000 hasta el 15-6-2000, fecha en la
cual se produjo su egreso del cargo de Directora Sectorial.
En cuanto a la solicitud de ajuste de “los otros beneficios” de la relación laboral pres-
tada por la solicitante durante 23 años, 8 meses y 15 días, esta Dirección se abstiene de emitir
pronunciamiento en razón de lo indeterminado de la solicitud, ya que no se indican los be-
neficios a los que se referiría el ajuste, ni razón alguna que fundamente su procedencia.
Memorándum N° 04-02-203 del 23 de agosto de 2000.
Incompatibilidad en el ejercicio del cargo de miembro de la Comisión Nacional de
Legislación, Codificación y Jurisprudencia del Ministerio de Justicia con el ejer-
cicio del cargo de juez.
Se mantiene el criterio expresado en el Dictamen 04-00-01-114 del
7 de julio de 1999, emanado de la Dirección de Asesoría Jurídica de
este Organismo, en cuanto a la incompatibilidad del ejercicio de los
cargos de juez y de miembro de la Comisión arriba identificada.
Oficio N° 04-02-103 del 13 de septiembre de 2000.
(...) solicitud de modificación del criterio contenido en el Dictamen N° 04-00-01-114
del 7 de julio de 1999, emanado de la Dirección de Asesoría Jurídica de este Organismo, y
en el que se concluye que “ …el cargo de miembro de la Comisión Nacional de Legisla-
ción, Codificación y Jurisprudencia del Ministerio de Justicia es incompatible con el ejerci-
cio del cargo de juez, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y la
Ley de Carrera Judicial, en concordancia con las disposiciones que regulan la mencionada
Comisión, prescritas en el Decreto N° 234 del 10-08-79…”
Como fundamento de la solicitud de modificación del criterio precedentemente trans-
crito, contenido en el indicado dictamen, se invocan el Decreto de creación de la aludida
Comisión (N° 194 de fecha 25 de junio de 1974) y los artículos 10 y 12 del instrumento
normativo que se acompaña a la solicitud y que en la misma se califica como el Reglamento
Interno de la Comisión, a saber: el Anteproyecto de Reglamento Interno de la Comisión
Nacional de Legislación, Codificación y Jurisprudencia, de octubre de 1999, elaborado por
la Dirección General de Consultoría Jurídica del Ministerio del Interior y Justicia.

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