Informe sobre la jurisdicción indígena en Venezuela ante la CIDH.

AutorRicardo Antonio Colmenares Olivar
CargoDefensor Privado de los ciudadanos Sabino Romero Izarra y Alexander Fernández F., Universidad del Zulia
Páginas265-279
FRONESIS
Revista de Filosofía Jurídica, Social y Política
Instituto de Filosofía del Derecho Dr. J.M. Delgado Ocando
Universidad del Zulia. ISSN 1315-6268 - Dep. legal pp 199402ZU33
Vol. 18, No. 2, 2011: 265 - 279
Diálogo
Informe sobre la jurisdicción indígena
en Venezuela ante la CIDH
Ricardo Antonio Colmenares Olivar*
Instituto de Filosofia del Derecho
Universidad del Zulia
rcolme@hotmail.com
Introducción
El enfrentamiento entre los indígenas yukpas Sabino Romero Izarra,
cacique de la comunidad Chaktapa, y el cacique Olegario Romero, cacique
de la comunidad Guamopamocha, ocurrido el día 13 de octubre de 2009
aproximadamente a las 6:30 de la tarde en el sector Río Yaza de la Sierra
de Perijá, Parroquia Libertad del Municipio Machiques del Estado Zulia, y
en la cual resultaron muertos la adolescente Mireña Romero y el ciudada-
no Ever Romero, así como cinco personas heridas –entre ellos, el propio
cacique Sabino Romero–, constituye el caso más emblemático sobre justicia
indígena acaecido en el territorio luego de la entrada en vigencia de la
noció expresamente en el artículo 260 la Jurisdicción Especial Indígena.
El conocimiento de los hechos lo asumió desde el inicio el Ministerio
Público como titular de toda acción penal de carácter pública, aún cuando la
defensa de los imputados opusieron la excepción de la incompetencia del
tribunal penal ordinario, de conformidad con lo previsto en el artículo 28
del Código Orgánico Procesal Penal (En adelante, COPP), solicitando la de-
* Defensor Privado de los ciudadanos Sabino Romero Izarra Y Alexander
Fernández F.

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