Jorge Luis Ipuana: un preso inocente. Una aproximación a la justicia formal penal en Venezuela en el marco de un nuevo dialogo intercultural.

AutorSegovia, Yanet

Resumen

Este artículo intenta abordar, a partir del caso particular de un Wayuu, Jorge Luis Ipuana, preso y penalizado por haber asesinado a otro wayuu. El nuevo marco de la Justicia Formal Penal en Venezuela desde las propuestas recientes del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) y la nueva Constitución de nuestro país. Este nuevo marco Constitucional y Formal Penal nacional, inscrito en una nueva situación mundial en relación a las etnias o culturas no occidentales, obliga a un nuevo diálogo intercultural desde la comprensión de la otredad y de la diferencia. Este artículo además expone los resultados de una larga investigación sobre la historia de las leyes sobre los indígenas en Venezuela y sobre la situación actual Jurídico Formal Penal de los mismos.

Palabras claves: Indígenas, Justicia Formal, Diálogo Intercultural.

Jorge Luis Ipuana: An innocent prisoner. A perspective on formal criminal justice in Venezuela within the framework of the new intercultural dialogue.

Abstract

This article attempts to look at the new framework for formal criminal justice in Venezuela since the recent implementation of the Organic Criminal Procedure Code and the new Constitution. It does so by examining the case of Jorge Luis Ipuana, a member of the Wayuu, who was convicted and imprisoned for having murdered another member of the Wayuu. The new legal framework, located within a new world context with regard to ethnic groups and non-western cultures, forces us to engage in a new intercultural dialogue that starts from the understanding of otherness and difference. The article also presents the results of a lengthy study on the history of the laws governing the indigenous peoples of Venezuela and on their current status under formal criminal justice.

Key words: Indigenous Peoples; Formal Justice; Intercultural Dialogue.

Jorge Luis Ipuana: Un Prisonnier Innocent. Une approche à la Justice Formelle Pénale au Vénézuela dans le cadre d"un nouveau dialogue interculturel.

Résumé

Cet article essaie aborder, à partir du cas particulier d"un Wayuu, de noto Jorge Luis Ipuana, prisonnier et puni par meurtre d"un autre Wayuu, le nouveau cadre de la Justice Formelle Pénale au Vénézuela, depuis les propositions les plus récentes du Code Organique de Procédure Pénale (COPP) et la nouveUe Constitution de notre pays. Ce nouveau cadre Constitutionnel et Formel Pénal national, inscrit dans une nouvelle situation mondiale, en relation aux ethnies et cultures non occidentales, oblige à un nouveau dialogue interculturel, depuis l"optique de la compréhension de la ? et de la différence. En outre, cet article expose les résultats d"une longue recherche sur l"histoire des Lois sur les indigènes au Vénézuela et sur la situation Juridique Formelle Pénale actuelle de ceux-ci.

Mots Clefs: Indigènes, Justice Formelle, Dialogue Interculturel.

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Existe hoy en día un nuevo diálogo intercultural donde participan los diferentes grupos étnicos-culturales de todo el mundo contemporáneo. Vivimos dentro de una trama rica en formas donde multiplicidad de discursos surgen desde cada espacio y rincón del mundo. Es en este escenario, en esta situación hiperglótica, utilizando el concepto de Bajtin, desde donde se enmarca y se explica los artículos de esta Revista, que fueron inicialmente ponencias expuestas en el Simposio Nuevos Diálogos Interétnicos, organizado por el Centro de Investigaciones Penales y Criminológicas (CENIPEC) (1).

El inmenso movimiento que hace cruzar todas las fronteras del mundo de un lado a otro, nos hace testigos de un encuentro y necesario diálogo entre culturas nunca antes visto. Esto no fue así ni con la Roma Imperial y expansiva, ni con las Repúblicas igualitarias del siglo XIX, tampoco con el Encuentro de América con Europa. No se trata tampoco de un Imperio que quiera conquistar e impulsar movimientos de personas hacia un lugar determinado, marcando pautas de poder y control. Este movimiento no se da desde los grandes centros de poder de Occidente hacia los mundos por conquistar y dominar, como lo fue en toda la historia conocida hasta hoy. Se trata ahora, más bien, de un viaje en reverso. Son las personas de estos espacios, antes conquistados y controlados por Occidente, quienes cruzan sus fronteras desde lo más cotidiano e íntimo, yendo más allá de los Estados Nacionales, buscando salidas y posibilidades ante la mirada no pocas veces de desconfianza y recelo de los poderes nacionales y sus respectivas sociedades. Son esos "otros" que llegaron a estos espacios nacionales los que han generado la nueva situación de encuentro, haciendo presencia y generando la necesidad de una nueva postura, de una nueva disposición. Es una presencia que no busca imponerse por la fuerza, pero sí pretende, y en mucho lo han conseguido, ser escuchados y ser reconocidos desde lo que son, desde el reconocimiento de la diferencia.

  1. Jorge Luis Ipuana, wayuu de nacimiento.

    Jorge Luis Ipuana, era wayuu, soltero, de unos cuarenta y cinco años de edad, pastor de oficio, acusado de homicidio a Juan Manuel Jusayu, otro wayuu. Fue condenado a once años de prisión. Cuando a Jorge Luis lo encarcelaron no hablaba el idioma español. No había ido nunca a la ciudad, no había tenido, según contó, ningún problema pendiente con otros wayuu, ni tampoco con la ley venezolana. Él lo asesinó en defensa propia. Él aceptaba con resignación el estar allí, en ese espacio terrible que es la cárcel de Sabaneta ubicada en la ciudad de Maracaibo. Ipuana se distinguía de la mayoría de los wayuu que estaban presos como él. La mayor parte de esos wayuu estaban presos por delitos propios de la delincuencia urbana que se ha potenciado en esta sociedad entre los wayuu mas jóvenes frente a la impotencia de los ancianos. Muchos de ellos están presos por robo, por atraco, por tráfico de drogas, por delitos realizados en el marco de las bandas de delincuentes wayuu organizadas en el seno de la sociedad criolla.

    Jorge Luis Ipuana fue encarcelado por decisión de los parientes del wayuu a quien asesinó. Las autoridades del Estado ubicadas en la comunidad donde él vivía le habían otorgado la potestad de la decisión de la solución del conflicto al grupo agredido; es decir a los parientes del wayuu asesinado. En la frontera venezolana, donde habitan la mayoría de los wayuu, las autoridades del Estado han aprendido y decidido que la mejor solución a los problemas entre grupos wayuu debe ser resuelto según el sistema vindicatorio, propio de esta sociedad.

    Para la sociedad wayuu no existe la noción de culpa (2), tal como se ha asumido en el sistema de Justicia dado en Occidente, y en particular en Venezuela. Cuando una persona comete un crimen, la responsabilidad y el castigo no recae en quien agredió o alteró las reglas exigidas en el deber-ser ideal que se construye para un buen comportamiento. Es su grupo parental quien debe enfrentar el conflicto y en quien recae la responsabilidad de indemnizar o reparar el daño causado a la víctima. El crimen abre un enfrentamiento entre los grupos parentales, el de la víctima y la del victimario. La manera de superarlo es a través de una indemnización que se debe dar, sin otra alternativa, al grupo agredido. El crimen abre pues una deuda, que debe ser pagada. El grupo agredido tiene el derecho (y también la responsabilidad) de reclamar la indemnización establecida a partir de las pautas y normas de los diferentes tipos de pagos establecidos según el tipo de agresión recibida. El grupo agresor, por su parte, tiene la ineludible responsabilidad de realizar la indemnización exigida. Sólo el pago de esta deuda garantiza la recuperación de la inestabilidad y desequilibrio abierto a partir de la agresión. Esta deuda se ha llamado dentro de la Antropología Jurídica Capital-vida, que Norbert Rouland lo resume en dos ideas principales: l'offense met les groupes vindicatoires en situation de dettes respectives; le dette d'offense est une dette de vie (Cfr. 1988, 322).

    A pesar de que los parientes de Jorge Luis habían accedido al arreglo y se disponían al pago exigido por los "enemigos", estos últimos decidieron en pleno proceso del arreglo acudir a la ley venezolana trasegando los principios jurídicos, éticos, y costumbres de su propia sociedad.

    Jorge Luis me narró:

    Al principio pusieron regla por ley. Yo no sufrí tanto, ley en La Guajira, en la prefectura (3). Los tipos pidieron tantos chivos, sesenta. Ah! bueno, anotó el jefe, el Coronel. "¿Eso es lo que valés vos?, ¿No vas a pedir más?". "No, eso es". A los quince días les llevaron los chivos. Sería que vió muy poquito y no quiere recibir. Entonces, ahí está perdido, porque eso no vale, dice él. Esa gente no sabe nada, arreglar eso, olvidate de eso, hay gente que sabe hablar. Porque él me dijo "yo quiero que lo paguéis". Claro, yo lo pago, pa' eso tengo familia, porque tiene animales, ganado, prendas, con qué pagar, no ve? Yo si vi que era muy poquito, está bien, en ese primer pago (4) cuatrocientas cabezas, quinientas, pero sesenta. Yo no estaba conforme con lo que pidió el golpe de él. Yo le dije al tío mío: a mi no quedó bien esa vaina, le dije, si pagás eso la gente te tiene arrechera por eso, tanta gente que conocés vos por ahí, son gente seria y hablará mal tuyo. Yo le dije también al Coronel "yo quiero pagar". Cómo no voy a querer pagar, "además, yo respeto la casa, somos gente buena". Hermanos míos recogieron animales, un poco de plata. No se les dio, porque quedó ahí, pa' los, esos reales pa' ellos, yo traía doce mil bolos. Ni los cobres les di, no más les di los chivos. Yo le creí todo a Jorge Luis. Creí en cada palabra que me dijo. No podía hacer otra cosa frente a ese hombre que me sedujo con su mirada limpia desde que llegó a la sala que me habían facilitado las autoridades de la cárcel para mis entrevistas con los wayuu presos. La impotencia que uno llega a sentir en momentos cuando se enfrenta a los hombres de carne y hueso, cuando está frente a sus malos azares, es sencillamente...

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