Papel de la legislación en el futuro del Derecho del Trabajo

AutorOscar Hernández Álvarez
CargoProfesor de Derecho del Trabajo Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado. Miembro de la Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Páginas123-144
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Papel de la legislación en el futuro del
Derecho del Trabajo
Sumario:
1. América Latina. Comunidad histórico-cultural y diversidad
nacional de una región.
2. Papel de la ley en el proceso de formación del Derecho del
Trabajo.
3. Papel de la autonomía colectiva en la consolidación del Derecho
del Trabajo.
4. Papel de la jurisprudencia en el Derecho del Trabajo.
5. La autorregulación, códigos de conducta y otras iniciativas
relacionadas con la responsabilidad social de la empresa.
6. Papel de la ley en la concepción y desarrollo del Derecho
Laboral Latinoamericano.
7. La Constitución, el bloque de constitucionalidad y normas
internacionales del trabajo.
8. Características de la ley como fuente de Derecho del Trabajo
en América Latina.
A. La permeabilidad de los diferentes sistemas legislativos
nacionales.
B. La imperatividad.
C. La codificación.
D. Frecuente ejercicio de facultades legislativas por parte del
Poder Ejecutivo.
9. La concertación social en América Latina.
10.La negociación colectiva en América Latina.
11.El papel de los ju eces del trabajo en América Latina.
12.Códigos de autoregulación y acuerdos marco internacionales.
13.Conclusión.
Oscar Hernández Álvarez
Profesor de Derecho del Trabajo
Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado
Miembro de la Academia Iberoamericana de
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Recibido: 19-10-2006 Aceptado: 07-11-2006 Fundación «Universitas»
Derecho del Trabajo n° 2/2006 (enero-diciembre) Issn: 1856-3449 123-144
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Oscar Hernández Álvarez
Resumen:
El derecho del trabajo del futuro, muy especialmente el latinoamericano,
seguirá siendo un ordenamiento fundamentalmente legislativo, en el cual la
negociación colectiva seguirá gozando de la tutela constitucional y legal debida a la
libertad sindical, pero que continuará teniendo una vigencia efectiva limitada a
aquellos sectores minoritarios en los cuales la gran y mediana empresa industrial o
de servicios cuentan con sindicatos fuertes y representativos. Es posible que en
algunos países se lleguen a acuerdos de concertación social que trasciendan el marco
retórico que, salvo algunas excepciones, han caracterizado a estos procesos en la
región. Es probable que algunas empresas multinacionales pongan en movimiento
los códigos de autorregulación que vienen aplicando en otras latitudes. Con toda
seguridad los jueces del trabajo continuarán su empeño en aplicar una justicia laboral
oportuna y eficaz, a la cual coadyuvarán las nuevas visiones del proceso laboral que
se están implantando en la región. En fin, la presencia de un pasado, presente y por
sobretodo un futuro de la rama más sensible del Derecho, no será moldeado por
hechos o bolas de cristales mágicas que otorguen las soluciones al trabajador, sino,
que tenderá a consolidar aquellas experiencias jurídicas normativas que han
enriquecido al discurso iuslaborista, pues, a la final, el objeto de aquello que llamamos
derecho del trabajo, está encaminado hacia el desarrollo del hombre en su faceta
creadora.
Abstract:
The labour law of the future, very specially the Latin American, will
continue being a fundamentally legislative classification, in which the collective
negotiation will continue enjoying the constitutional and legal guardianship due to
the union freedom, but that will continue having an effective force limited to those
minority sectors in which the great and medium industrial company or of services
they possess strong and representative unions. It is possible that in some countries
they come near to agreements of social conciliation that come out the rhetorical
frame that, except some exceptions, they have characterized to these processes in
the region. It is probable that some multinational companies put in movement the
self-regulation codes that come applying in other latitudes. With complete certainty
the judges of the work will continue their persistence in applying an opportune and
effective labor justice, to which they will help the new visions of the labor process
which they are being implanted in the region. In end, the presence of a past,
present and for overcoat a future of the most sensitive branch of the Law, there will
not be molded by facts or magic balls of crystals that grant the solutions to the
worker, but, that will tend to consolidate those juridical normative experiences
that they have enriched to the iuslaborista speech, so, to the final, the object of
that one that we are called a labour law, it is directed towards the development of
the man in his creative facet.
Palabras claves/key words:
1. Legislación laboral
2. Naturaleza protectoria de las normas laborales
3. La interpretación de la ley por los jueces laborales
4. Futuro de la legislación laboral

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