La propina como componente salarial

AutorMarcial Mundaray Silva
CargoJuez Superior del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas (Venezuela)
Páginas119-170
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La propina como componente salarial
La propina como componente salarial
Sumario:
1. Introducción.
2. Antecedentes.
3. Definición.
4. Clasificación.
5. Consideración previa a la naturaleza jurídica.
6. Naturaleza jurídica.
7. Características de la propina.
8. Revisión jurisprudencial sobre la propina.
9. El recargo sobre el consumo como salario.
10.La propina y el derecho a percibir propina.
11.Salario mínimo, el recargo y el derecho a percibir propina.
12.La convención colectiva o el acuerdo entre las partes para la
estimación del valor del derecho a percibir propina.
13.La propina en el mundo.
14.Variables cualitativas.
14.1. Calidad del servicio.
14.1.1. Prontitud en el servicio.
14.1.2. La educación y los modales.
14.1.3. La presencia.
14.2. Productividad.
14.3. Nivel profesional.
14.3.1. El grado de instrucción.
14.3.2. Cursos de etiqueta y protocolo.
14.3.3. Otros cursos.
14.4. Categoría del establecimiento.
14.4.1. Los años de funcionamiento.
14.4.2. La cantidad de empleados.
14.4.3. La accesibilidad y estacionamiento.
14.4.4. La cantidad de mesas en el establecimiento.
14.4.5. La calidad de la comida y variedad.
14.4.6. La mantelería y utensilios.
15.Modelo contable.
16.Conclusiones.
17.Bibliografía.
Marcial Mundaray Silva
Juez Superior del Trabajo del Área Metropolitana
de Caracas (Venezuela)
Recibido: 09-04-2008 Aceptado: 22-09-2008 Fundación «Universitas»
Derecho del Trabajo n° 6/2008 (enero-diciembre) Issn: 1856-3449 119-170
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Marcial Mundaray Silva
Resumen:
La propina para el Derecho del Trabajo fue y sigue siendo centro de atención
y discusión, sobre todo lo relacionado con su naturaleza jurídica (donación,
estipulación a favor de tercero, obligación natural, salario). Afortunadamente, en
este aspecto la doctrina ha experimentado un avance significativo, quedando por
resolver algunos aspectos prácticos que se generan de las distintas concepciones que
ofrece la doctrina, especialmente, su cuantificación, que fue precisamente uno de
los objetivos de este trabajo, a través de la construcción de una escala de valores
para cuantificar las variables cualitativas que permiten fijar el valor monetario del
derecho de los trabajadores a percibir propina
Abstract:
The tip to the Labor Law was and remains a focus of attention and discussion
on everything related to its legal nature (donation, stipulation in favour of third
obligation natural wage). Fortunately, this aspect doctrine has experienced significant
progress, leaving unresolved some practical aspects that are generated from different
conceptions offered by the doctrine, particularly as regards quantification, which
was precisely one of the objectives of this work, through the construction of a scale
of values to quantify the qualitative variables identifying the monetary value of the
right of workers to receive tip
Palabras claves/key words:
1. Propina
2. Recargo sobre el consumo
3. Salario
4. Modelo contable
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La propina como componente salarial
1. Introducción.
El Derecho del Trabajo encuentra su fundamento histórico en la idea
de protección de la clase económicamente débil, se le concibe como un
derecho de equilibrio, de justicia social1, de contención de los excesos del
capitalismo, siendo, en definitiva, una disciplina tuitiva de la clase obrera,
del trabajador2, compenetrado fuertemente con el ser humano y con su
entidad, la actividad subordinada que desarrolla el hombre necesita ser
especialmente protegida, esta idea forma parte del patrimonio de la
humanidad, porque está fundamentada en la dignidad de la persona humana,
y por ello tiene que ser observada por todos independientemente de las
corrientes ideológicas que nos arropan y caracterizan.
El derecho del trabajo al cual se le atribuye desde siempre su carácter
social, y se le califica como un hecho social, por su consustancialidad con
la sociedad, su entorno y su tiempo, definitivamente influye decididamente
en todos los aspectos de la sociedad, es esencia del hombre, y hoy mas
que nunca esta muy lejos la idea de la desaparición del Derecho del Trabajo,
por el contrario su necesidad y su fortaleza es evidente.
La historia del trabajo como actividad humana es la historia del hombre,
a lo largo de la evolución de la humanidad, en términos generales encontramos
formas distintas de manifestaciones del trabajo como actividad humana,
cada una de ellas vinculadas a su tiempo, a la cultura y al sistema jurídico
imperante.
Nos enseña la doctrina que en el mundo antiguo predominaba la
concepción del trabajo como pena, como imposición, como dominación, en
algún momento la esclavitud se convirtió en una forma de expresión; luego,
en la Edad Media, el feudalismo impone otra manifestación del trabajo, los
vasallos, quienes rendían trabajo en el campo a cambio de protección y las
de los gremios en la ciudad, basados en la fusión de intereses, e integración
de las fuerzas de trabajo; la mayor expresión del régimen gremial era el
trabajo del aprendiz. Las corporaciones gozaban de derechos y tenían un
patrimonio producto de la contribución de los agremiados y servían como
1Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social, sentencia dictada en fecha 19 de
junio de 2001, caso Yánez Tovar contra Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela.
www. tsj.gov.ve. visitada en fecha 10-01-2007.
2Véase MONEREO PÉREZ, José Luís. Algunas reflexiones sobre la caracterización técnico-
jurídica del Derecho del Trabajo. Madrid, Civitas (1996), MONTOYA MELGAR, Alfredo. Sobre
la esencia del Derecho del Trabajo. Murcia, Escuela Social (1972), del mismo autor: Ideología
y lenguaje en las leyes laborales de España (1873-1978). Madrid, Civitas (1992), PALOMEQUE
LÓPEZ, Manuel Carlos. Derecho del Trabajo e ideología. Medio siglo de formación ideológica
del Derecho Español del Trabajo (1873-1923). Madrid, Tecnos (1995), y RODRÍGUEZ PIÑERO,
Miguel. Ideologías jurídicas y Derecho del Trabajo, en Ideologías jurídicas y relaciones de
trabajo. Sevilla, Universidad de Sevilla (1978).

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