Las reservas en los tratados internacionales. Una necesaria y general fundamentación Jurídico-Institucional

AutorSudis María Velázquez Borges
CargoProfesora de Derecho Constitucional y Derecho Romano de la Universidad de Granma, Bayamo-Cuba
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LAS RESERVAS EN LOS TTADOS
INTERNACIONALES. UNA NECESARIA Y GENEL
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICO - INSTITUCIONAL.
THE RESERVESIN INTERNATIONAL TREATIES.A
NECESSARYAND GENELLEGALREASONING-
INSTITUTIONAL.
Velázquez Borges, Sudis María*
*Profesora de Derecho Constitucional y Derecho Romano de la Universidad de
Granma, Bayamo-Cuba. Correo electrónico: svelazquezb@udg.co.cu
Recibido: 05/03/2012 / Aceptado: 14/09/2012
Resumen:
“Hoy, como nunca antes, la institución de las reservas demuestra ser un recurso
ecaz y necesario a los efectos de garantizar la universalidad de los Tratados
Internacionales. Las reservas a los tratados son la expresión de la voluntad y de
la exibilidad negociadora de los Estados soberanos que acuerdan privilegiar,
por encima de cualquier consideración doctrinal, la posibilidad de conciliar
el pensamiento jurídico internacional con los ordenamientos jurídicos
nacionales”1.
Con tal sustento, a partir de la gura de los tratados internacionales, en el
presente artículo se realiza un análisissobre la institución jurídica de la reservas,
determinando conceptos, elementos que lo componen; fundamento, origen,
evolución y régimen jurídico. Proponiéndonos fundamentar teóricamente las
reservas a los tratados internacionales como institución dentro del Derecho
Internacional Público.
Palabras Claves: reserva, tratados internacionales, Derecho Internacional
Público, Estados.
1 García Alejandro (2005), “Informe de la Comisión de Derecho Internacional” [
Documentoen línea]. Disponible: en hp://embacuba.cubaminrex.cu.[consultado el 28 de
abril del 2010]
128 Velázquez Borges, Sudis. Las reservas en los tratados internacionales. Una necesaria y general
fundamentación jurídico - institucional pp. 127-156
Abstract:
“Today, as never before, theinstitutionreservesproves to bean
eectiveand necessaryfor the purposeof ensuring the universalityof
international treaties. Reservations totreatiesare the expressionof
the willand exibility innegotiatingsovereign stateswho agree
togive priorityaboveanydoctrinalconsideration, the possibility of
reconcilinginternational legal thinkingwithnational law”.
With suchsupport,fromthe gure onternational treaties, this article providesan
analysis of thelegal institutionof thereserves, determining concepts,component
parts, foundation,origin, evolutionand legal system. Substantiatetheoreticallyby
proposingreservations tointernational treatiesas an institutionwithin thePublic
International Law.
Keywords: reserves, international treaties, international public law, states.
1. INTRODUCCIÓN.
El Derecho Internacional Público es una rama del Derecho encargada
de regular las relaciones que ocurren en el contexto de la sociedad inter-
nacional. Dentro de ella juega un papel fundamental el tratado, como la
primera y más signicativa de las fuentes, ya que a través del mismo, los
Estados expresan de forma precisa y denida el acuerdo de voluntades
que da origen a normas de carácter obligatorio que crean, modican o
extinguen derechos y obligaciones recíprocas. Debido a la existencia de
la reserva en los tratados internacionales, los Estadosrecurren cada vez
más a su utilización.
La reserva a los tratados internacionales es una institución jurídica que
permite, a quien se dispone a prestar su consentimiento en obligarse por
un tratado internacional de carácter multilateral, excluir o modicar los
efectos jurídicos de determinadas cláusulas o disposiciones convenciona-
les en relación a su autor.
Lo cierto es que esta gura jurídica es una de la más problemáticas y de-
batidas en el orden jurídico internacional convencional, en tanto que
siempre ha planteado serias complicaciones teóricas y prácticas.

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