Límite de competencia de la Administración Tributaria Distrital con respecto a la retención del impuesto del 1x1000 previsto en la Ordenanza de Timbre Fiscal del Distrito Metropolitano de Caracas (Memorándum Nº 04-00-163 del 17 de abril de 2006)
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DICTÁMENES AÑOS 2005-2006 – N° XIX
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DERECHO TRIBUTARIO: Límite de competencia de la Administración
Tributaria Distrital con respecto a la retención del impuesto del 1x1000
previsto en la Ordenanza de Timbre Fiscal del Distrito Metropolitano
de Caracas.
“Se grava con un impuesto del 1x1000 la emisión de órde-
nes de pago, cheques, transferencias o cualesquiera otros
medios de pago por parte de entes u órganos del sector
público nacional, estadal, distrital y municipal ubicados
en la jurisdicción del Distrito Metropolitano de Caracas,
cuyo monto total sea igual o superior a cincuenta unida-
des tributarias (50 U.T.), que sean realizados en calidad
de anticipos, pagos parciales o pagos totales a favor de
contratistas, derivados de contratos de ejecución de obras,
de prestación de servicios o de adquisición de bienes o
suministros.
Omissis…”
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