Tripartita y diálogo social en la Venezuela de 1997

AutorLisbeth Chirinos Portillo - Jorge Villasmil Espinoza
CargoAbogado - Licenciado en Historia
Páginas27-39
Revista Gaceta Laboral
Vol. 16, No. 1 (2010): 27 - 39
Universidad del Zulia (LUZ) ·ISSN 1315-8597
Tripartita y diálogo social en la Venezuela
de 1997
Lisbeth Chirinos Portillo
Abogado. Magíster en Derecho Laboral y Administración del Traba-
jo. Profesora de Derecho del Trabajo de la Escuela de Derecho.
FCJP. Universidad del Zulia. E-mail: lisbeth_chirinos@hotmail.com
Jorge Villasmil Espinoza
Licenciado en Historia. Magíster Scientiarum en Historia de Vene-
zuela. Profesor adscrito al Departamento Socio-Económico de la
Escuela de Trabajo Social. FCJP. Universidad del Zulia.
E-mail: jvillasmil52@hotmail.com
Resumen
El Acuerdo Tripartito sobre Seguridad Social Integral y Política Salarial
(ATSSI) constituido mediante un diálogo social, entre el Estado venezolano,
el sector empleador y las principales centrales sindicales del país en 1997,
tuvo entre sus objetivos centrales por una parte, modificar el régimen de cál-
culo de las prestaciones sociales (antigüedad), y por la otra, transformar el
sistema de seguridad social, en el marco de un programa de ajuste estructu-
ral neoliberal, impulsado por Rafael Caldera en su segundo gobierno, deno-
minado Agenda Venezuela. De este proceso de concertación, surgieron un
conjunto de instrumentos legales que tenían por finalidad optimizar y armo-
nizar las relaciones sociales de producción material, a partir de la configura-
ción de un consenso entre los actores sociopolíticos y económicos implicados
en el mismo. Desde el método hermenéutico-dialéctico que proporciona una
perspectiva relacional de la realidad histórica, se analizan las funciones de
los diversos actores que protagonizaron este diálogo social, en razón de in-
terpretar sus roles sectoriales, a la par de sus específicas posiciones políticas
e ideológicas. Concretamente, se examinan los aportes y contradicciones del
ATSSI que dio vida a instrumentos legales, a la vez que, se interpretan las
condiciones políticas objetivas que posibilitaron la realización del mismo. Se
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Recibido: 13-03-2009 . Aceptado:24-04-2009

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